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Seguro popular


 SEGURO POPULAR

La Comisión Nacional de Protección Social en Salud, más conocido como Seguro Popular es un órgano con autonomía técnica, administrativa y operativa de la secretaria de Salud de México. Es responsable de financiar la provisión de los servicios de salud a la población beneficiaria del Sistema de Protección Social en Salud. 

El Seguro Popular coordina la atención de salud a través de los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud (REPSS) y los proveedores de servicios de salud públicos o privados en las entidades federativas. 
Resultado de imagen para seguro popular logo Servicios:
  • Salud pública
  • Atención ambulatoria
  • Odontología
  • Atención en urgencias
  • Atención en hospitalización
  • Acciones de cirugía general

El Seguro Popular es un modelo de aseguramiento en salud mexicano perteneciente al Sistema de Protección Social en Salud (SPSS), que tiene como objetivo financiar la prestación de servicios de salud a las personas que no están afiliados a servicios de seguridad social como los del Instituto Mexicano del Seguro Social o el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Según cifras oficiales, al año 2014 el programa ha afiliado 57 millones de mexicanos.

El seguro popular nos ofrece:

·Acceso equitativo a la atención.
·Trato digno y atención de calidad.
·Protección financiera a la población no asegurada
·Elimina cuotas de recuperación y establece un esquema de aseguramiento con aportaciones de las familias.
·Ofrece un paquete explícito de servicios de salud que cubre las enfermedades más frecuentes.
·Garantiza el abasto de medicamentos asociados al paquete de intervenciones.
·Promueve formas innovadoras de mejoramiento en el acceso a los servicios de salud.
·Programación de exámenes preventivos.
·Programación de citas para consulta.
·Integración de expedientes clínicos
·Mecanismos de referencia y contrarreferencia.
Imagen relacionada
·La posibilidad de interponer quejas, reclamos o sugerencias sobre la atención brindada, así como recibir respuesta escrita sobre las mismas, en un plazo no mayor a 30 días.

Puedes encontrar mas información en:





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